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PRESENTACION Esta publicación contiene las normas básicas que rigen las competiciones y eventos deportivos de todos los niveles, adoptadas y aprobadas en asamblea de la Fedecobol. La resolución No. 03 de enero 29 de 1.999, denominada "Reglamento de Competencias" recoge además las disposiciones recientemente establecidas en la Conferencia de la Zona Americana FIQ, respecto a los campeonatos juveniles y de adultos, así como las relativas a las reglas de desempate, comportamiento de los participantes y las autoridades disciplinarias. En ella se contemplan los siguientes temas: CAPITULO I- DE LAS COMPETENCIAS OFICIALES CAPITULO II- DE LOS CAMPEONATOS DE LIGA CAPITULO III - DE LOS CAMPEONATOS NACIONALES CAPITULO IV- SISTEMA DE JUEGO CAPITULO V- AUTORIDADES DISCIPLINARIAS CAPITULO VI- DEL CONGRESILLO DE DELEGADOS CAPITULO VII- DE LOS REQUISITOS E INHABILIDADES CAPITULO VIII- ASIGNACION DE SEDE CAPITULO IX- DE LA CEREMONIAS CAPITULO X- DE LA PROMOCION CAPITLO XI- DEL COMPORTAMIENTO CAPITULO XII- DEL PROCEDIMIENTO DE DESEMPATE Estamos seguros que esta publicación contribuirá eficazmente al desarrollo responsable de nuestra disciplina deportiva.
ORGANO DE ADMINISTRACION COLEGIADO PRESIDENTE : SAUL INSIGNARES MENDOZA
REVISOR FISCAL . JOSE A RODRIGUEZ TRIBUNAL DEPORTIVO FIDEL MENDOZA CARRASQUILLA COMISION TECNICA ALVARO GALVIS RAMIREZ (PRESIDENTE)
EL ORGANO DE ADMINISTRACION DE LA en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que en la conferencia de la Zona Americana, realizada en Reno, Nevada, USA el 5 de julio de 1.995 y en Santo Domingo, República Dominicana en septiembre de 1997, se establecieron las reglas de juego para los campeonatos juveniles y de adultos; Que la Federación Colombiana de Bolo, en su condición de afiliada a la Zona Americana FIQ, debe adecuar su reglamento a las disposiciones antes mencionadas. Que conforme al Artículo 48 de los Estatutos de la Fedecobol, la programación, dirección, organización y realización de las competiciones y eventos deportivos de todos los niveles es de la exclusiva competencia y responsabilidad del Órgano de Administración de la Fedecobol. Que es facultativo de las asambleas de Ligas escoger las sedes para la realización de las competiciones y eventos deportivos nacionales. Que es conveniente recopilar las disposiciones que año tras año precisan el comportamiento de los afiliados en las competiciones y eventos deportivos nacionales e internacionales. RESUELVE: CAPITULO I. ARTICULO 1º. - Son competencias oficiales: a) CAMPEONATOS DE LIGA. CAPITULO II. ARTICULO 2º. - Anualmente las ligas afiliadas a la Fedecobol deberán realizar un Campeonato, en las ramas masculina y femenina, a veinticuatro (24) líneas, en las categorías primera, ascenso y menores, en las modalidades básicas: sencillo, dobles, ternas y equipos. ARTICULO 3º. - La liga de acuerdo con su reglamentación podrá aumentar el número de líneas, la participación de deportistas y la conformación de los equipos. ARTICULO 4º. - Los campeonatos de Liga deberán realizarse, por lo menos, con un mes de anticipación a la fecha señalada en el calendario oficial de la Fedecobol para la respectiva categoría. ARTICULO 5º. - La competencia debe regirse por un reglamento específico, con indicación de las Autoridades Disciplinarias designadas para el respectivo evento. ARTICULO 6º. - Los resultados de los Campeonatos de Liga deberán remitirse a la Fedecobol dentro de los diez días siguientes a su realización. ARTICULO 7º. - En los campeonatos de Liga se aplicarán las reglas de juego y comportamiento señaladas por la FIQ y la Fedecobol. CAPITULO III. ARTICULO 8º. - Anualmente, en las sedes fijadas en Asamblea General, se jugará un Campeonato Nacional, en las ramas masculina y femenina en las siguientes categorías: - CAMPEONATO NACIONAL DE MENORES ARTICULO 9º. - La dirección, organización y realización de los Campeonatos Nacionales, en lo que se refiere a su parte administrativa, técnica y deportiva es de la responsabilidad y competencia del Organo de Administración de la FEDECOBOL, pero su ejecución y desarrollo podrá delegarse en la Liga sede o estar asistido por uno o más comisionados. ARTICULO 10º. - Para que una liga pueda participar en los campeonatos nacionales debe suministrar al Organo de Administración de la Fedecobol, con diez (10) días calendario de anticipación a la iniciación de dichos campeonatos, los siguientes datos y documentos: 1- Resultados del Campeonato de Liga realizado posterioridad al
último Campeonato Nacional de la categoría en que se desea
participar. PARAGRAFO: La Comisión Técnica de la Fedecobol informará al Organo de la Administración sobre el cumplimiento de los requisitos de los deportistas preselecionados por las ligas para su participación en los campeonato Nacionales. La Fedecobol pondrá en conocimiento de la Liga respectiva las observaciones formuladas al respecto por la comisión técnica, a fin de que se sustituya al jugador inhabilitado o se revise oportunamente la recomendación propuesta. Esta revisión previa debe entenderse como una simple colaboración a las ligas participantes, sin perjuicio de la competencia que le asiste a las autoridades disciplinarias de los campeonatos CAPITULO IV. ARTICULO 11º. - Campeonato Nacional de Menores: La participación en este campeonato será abierta; los equipos estarán conformados por cuatro (4) deportistas en cada rama. Las Ligas podrán inscribir más de un equipo en las siguientes divisiones: SUB-12 Deportista no mayor de 11 años y 364 días
el 1º de enero del año de la competencia. En cada División se jugará un total de 24 líneas. El sistema de juego será el siguiente: - Sencillos 6 líneas
PARAGRAFO 2. Para que sea factible la premiación de los 3 tres lugares se jugara cada modalidad con la participación mínima de 4 competidores en su respectiva categoría. En su defecto, las líneas correspondientes se jugaran en otra modalidad según lo disponga el Comisario Director de común acuerdo con la Liga sede, pero siempre dentro de la misma división. PARAGAFO 3. Los dos primeros promedio en ambas ramas, clasifican para representar al país en el " Torneo Juvenil de las Américas, Miami (U.S.A., ) de acuerdo con la disponibilidades de la Fedecobol. ARTICULO 12º. - Campeonato Nacional Sub- 23 En este campeonato cada Liga podrá participar con 1 equipo, en cada rama de 4 deportistas en divisiones separadas, con el mismo sistema de juego y de acuerdo con las siguientes modalidades: - Sencillos 6 juegos a) Entre los 8 deportistas mejor clasificados en los 24 juegos
anteriores se competirá bajo el sistema todos contra todos a
un (1) juego. Cada competidor jugará 7 encuentros, más
un encuentro final por posición. Finales Roll - Of (Tipo Escalera) Los 3 mejores clasificados terminada la etapa del round robin, jugarán en la siguiente forma para determinar el Campeón, Segundo y Tercer Lugar, así: a- El clasificado en tercer lugar jugará contra el 2o. un juego en el que se contara el total de pines derribados, comenzando a partir de cero. b- El ganador del juego anterior lo hará contra el 1o a la suma de dos juegos a partir de cero. Estos dos últimos juegos se realizarán en un par de pistas diferentes del juego indicado en el literal a.). Los dos últimos juegos se realizarán en un par de
pistas diferentes del juego anterior. ARTICULO 13º. -Campeonato Nacional de Primera y Ascenso Para los Campeonato Nacionales de Ascenso y Primera Categoría el sistema de Juegos será el siguiente: - Cada Liga podrá participar con 1 equipo, en cada rama,
conformado por 6 jugadores - Sencillos: A ritmo de parejas una serie de (6) juegos a) Entre los 16 jugadores mejor clasificados en los 24 juegos anteriores
se competirá bajo el sistema todos contra todos a un (1) juego.
Cada competidor jugará 15 encuentros, más un encuentro
final por posición. Estos 16 encuentros se jugarán
en el transcurso de dos días, ocho juegos en cada día,
de acuerdo con el programa establecido de antemano. Se sortearán
las posiciones de los jugadores en dicho programa. La clasificación
será establecida con base en el total de pines derribados en
cada juego, incluida la bonificación de 10 pines por encuentro
ganado y 5 pines en caso de empate. No se tendrán en cuenta los
pines derribados en las 24 líneas de las modalidades anteriores. Finales Roll - Of (Tipo Escalera) Los 3 mejores clasificados terminada la etapa del round robin,
jugarán en la siguiente forma para determinar el Campeón,
Segundo y Tercer Lugar, así: Los dos últimos juegos se realizarán en un par de pistas diferentes del juego anterior. El ganador de esta serie será declarado Campeón de Masters, en su respectiva rama. Si ocurre empate entre competidores finalistas, jugarán 9o y 10o. cuadro; si persiste el empate jugarán los mismos cuadros hasta romper el empate. Igual procedimiento se seguirá si se presenta el empate en el 3er. puesto antes de la gran final. ARTICULO 14º. - Campeonato Nacional Senior: La participación en este Campeonato será abierta. Los equipos estarán conformados por 2 deportistas en cada rama. Las Ligas podrán inscribir más de un equipo. - Los varones y damas competirán en divisiones separadas, con el mismo sistema de juego, en las siguientes modalidades. - Sencillos a ritmo de parejas una serie de 8 juegos Escalera El clasificado en tercer lugar jugará contra el 2o. un juego;
el ganador lo hará contra el 1o a la suma de dos juegos. En cada
encuentro se partirá de cero y únicamente se contarán
los pines derribados. El Campeón y Subcampeón de la categoría A, en cada rama, representará al país en el "Torneo Senior de las Américas, Miami U.S.A," de acuerdo con la disponibilidades de la Fedecobol. ARTICULO 15º. - Campeonato Nacional de Clubes. En este Campeonato cada Liga podrá inscribir sus clubes de acuerdo con el cupo asignado por la Fedecobol, y se competirá en las siguientes modalidades: Individual Una (1) Ronda por 6 líneas Obtendrá el título de Campeón, el Club que sumadas las modalidades de individual, dobles, tríos y equipos, acumule el mayor número de pines derribados.
ARTICULO 16º. - Son autoridades en los Campeonatos Nacionales: a) El Comisario Director, designado por la Fedecobol de TERNA PRESENTADA POR LA COMISION TECNICA de dicho organismo, constituye la primera autoridad y juez de primera instancia, ante quien deben formularse los reparos por las decisiones adoptadas durante el desarrollo del juego. b) - El Tribunal de Apelaciones o juez de última instancia, constituido por un representante del Organo de Administración de la Fedecobol, un representante de la Comisión Técnica de esta entidad, diferente del Comisario Director, y un representante de las Ligas participantes. ARTICULO 17º.- Las decisiones adoptadas por el Comisario Director y/o los casos no resueltos por el mismo podrán ser llevados ante el Tribunal de Apelaciones. ARTICULO 18º. - Toda reclamación deberá ser representada por escrito y por conducto del Delegado Oficial, mediante cancelación de la suma equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor de la inscripción de un deportista participante, la cual será devuelta en caso de ser resuelta favorablemente la reclamación. ARTICULO 19º. - El Comisario Director, en el ejercicio de sus funciones estará asistido por los jueces de falta o anotadores supervisores de ronda y Delegados del Día. Cumplirá y hará cumplir las reglas de juego y conducta previstas en los Reglamentos de la Fedecobol y de la FIQ. ARTICULO 20º .- El Comisario Director y el Tribunal de Apelaciones ejercen sus facultades sancionadoras únicamente durante el desarrollo del respectivo campeonato y con ocasión del mismo. En caso de que estas autoridades disciplinarias consideren que la falta amerita una sanción mayor deben dar traslado al Tribunal Deportivo competente. CAPITULO VI. ARTICULO 21º. - Cuatro (4) horas, antes por lo menos, a la iniciación del Campeonato Nacional, los representantes de las Ligas participantes o sus delegados, debidamente acreditados, se reunirán bajo la presidencia del Comisario Director para los siguientes efectos. a) - Inscripción definitiva de la nómina de deportistas
y director técnico ARTICULO 22º - Si durante el desarrollo del Congresillo se presentare desacuerdo entre un Delegado y el Comisario respecto a la participación de un jugador, prevalecerá la decisión del Comisario, sin perjuicio del derecho que le asiste al Delegado de impugnar dicha decisión ante el Tribunal de Apelaciones. CAPITULO VIII Articulo 23º.- No podrán participar en un Campeonato Nacional: a) los jugadores que no hayan participado en el respectivo campeonato
de Liga PARAGRAFO: Asimismo no podrán participar en los dos(2) años siguientes en el Campeonato Nacional de la Categoría de Ascenso los jugadores que hubiesen participado en dos (2) Campeonatos Nacionales consecutivos de Primera Categoría y los que en el último año, al finalizar las modalidades básicas, hubiese clasificado entre los veinticuatro (24) primeros jugadores y dieciséis (16) primeras damas CAPITULO VIII Articulo 24º La asignación de sede para la realización de las competencias oficiales debe hacerse en la Asamblea de la Fedecobol en el año inmediatamente anterior a su desarrollo. Articulo 25º .-La sede solamente se adjudicará a la Liga que provea un escenario de bolo que tenga el número de pista adecuadas a la competencia. Articulo 26º.- Tres días antes de la realización
de la competencia, un representante de la Asimismo la Liga sede deberá cubrir los gastos de un delegado técnico para certificar las condiciones de las pistas e instruir al personal de la bolera sobre el cuidado de las mismas y los procedimientos a seguir durante el desarrollo de la competencia. De lo anterior se dejara constancia escrita, con copia para la comisión técnica de la Fedecobol. CAPITULO IX Articulo 27º Ceremonia de Apertura: La ceremonia de apertura contendrá como mínimo los siguientes puntos: a) Desfile de las Delegaciones participantes Articulo 28º -Ceremonia de Premiación: La ceremonia de premiación debe hacerse después de cada modalidad de juego, preferiblemente antes de que comience la siguiente. La premiación de gran Master deberá hacerse en la ceremonia de clausura o en el banquete de despedida. Las presentaciones de la medallas debe hacerse de acuerdo con un plan establecido por la Liga y aprobado por la Fedecobol. En el plan se designarán los dignatarios acordados para las presentaciones dichas. Articulo 29º .- Ceremonia de Clausura: La ceremonia de Clausura contendrá como mínimo, palabras del director del Torneo, las del Presidente o representante de la Federación o de la Liga anfitriona, la entrega de las memorias o resultados del evento. CAPITULO X Articulo 30º La liga sede deberá circular información a las demás Ligas afiliadas a la Fedecobol respecto a las fechas acordadas para la realización de las competencias, condiciones de las instalaciones de la bolera, hoteles aprobados, requeriendolas asimismo para que en el termino de diez (10) días previo al evento inscriban sus deportistas. Articulo 31º Los derechos de patrocinio para la competencias oficiales deberán estar relacionados con actividades que puedan ser avaladas por la Fedecobol. CAPITULO XI Articulo 32º Durante el desarrollo de las competencias oficiales de la Fedecobol deberá observarse el siguiente comportamiento: a) El jugador debe estar presente a la hora programada para la realización de los juegos.. Si llegare retrasado comenzará a jugar en la siguiente casilla que le corresponda en turno. b) Deberá asimismo presentarse con el uniforme de su respectiva Liga. El jugador que luzca distintivos diferentes al de su representación no podrá jugar la ronda correspon- diente. c) Los jugadores no podrán tomar alimentos durante el desarrollo del juego, únicamente podrán consumir bebidas no alcohólicas, pero fuera del área de juego. d) Los jugadores no podrán salir de la Zona de Juego sin permiso de una autoridad del Evento. e) Queda terminante prohibido a las autoridades del Evento, Delegados Oficiales, Directores Técnicos y jugadores participantes ingerir cualquier clase de bebidas alcohólicas, o sustancias sicotrópicas dentro del establecimiento donde se esté desarrollando la competencia y durante el transcurso de la misma. El jugador que se presente a las rondas con síntomas de embriaguez o bajo los efectos de sustancias sicotrópicas , será suspendido definitivamente de la competencia. f) No se podrá fumar dentro del círculo de jugadores. g) Los jugadores deberán observar una conducta ejemplar durante el desarrollo de la competencia y cumplir las reglas de cortesía acostumbradas. PARAGRAFO: Cuando el comportamiento de las barras perjudique el desarrollo de una competencia, el Comisario Director o el Delegado del Día, según el caso, podrá suspenderla hasta tanto ésta pueda continuar normalmente. Articulo 33º Cualquier contravención a estas reglas dará lugar a las sanciones del caso por parte de las autoridades disciplinarias del Evento. CAPITULO XII Articulo 34º El procedimiento a seguir en caso de empate será el siguiente: · Cuando se presenten iguales puntajes (empates) en cualquiera
de las primeras tres posiciones en las modalidades de equipos, ternas,
dobles o sencillos, se declaran co- campeones. No habrá juego
de desempate. · Cuando se presente un empate en el primer o tercer puesto
después del encuentro de posición, debe llevarse a cabo
un juego roll- off
Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de enero de 1999.
LUIS CARLOS MORA PRIETO |