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RESOLUCIÓN No. 015/08
(5 de Junio de 2008)


Por medio de la cual se reglamenta y se convoca al
“CAMPEONATO NACIONAL JUVENIL”

EL ORGANO DE ADMINISTRACIÓN COLEGIADO DE LA
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE BOLO

En uso de sus facultades legales y estatuarias,

CONSIDERANDO


Que dentro del Calendario Oficial del presente año está previsto el “Campeonato Nacional Juvenil," que debe realizarse en la ciudad de Bogotá, conforme a los parámetros aprobados en la asamblea extraordinaria efectuada en el mes de octubre del 2007.

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Convocar a los organismos afiliados a la Fedecobol a participar en el Campeonato Nacional Juvenil, que se realizará en la Bolera El Salitre de la ciudad de Bogotá, entre el 27 de Junio y el 1 de Julio de 2008, bajo la responsabilidad de la Federación Colombiana de Bolo y con la colaboración de la Liga de Bolo de Bogotá.

El Congresillo Técnico se efectuará el día 26 de Junio al igual que las prácticas oficiales. La reunión informativa tendrá lugar en las dependencias del Salón del Centro de Alto Rendimiento Para el Bolo a las 6:00 P.M

ARTICULO SEGUNDO: Este Campeonato se desarrollará conforme a las
normas señaladas en la resolución No 007 de Febrero 16 de 2005 por la cual secambió el formato de competencia.

CATEGORÍAS Y MODALIDADES

SUB-16 Deportista no mayor de 15 años y 364 días el 1º de
enero del año de la competencia.

SUB-18 Deportista no mayor de 17 años y 364 días el 1º de
enero del año de la competencia

 Dobles por Rama Seis (6) Juegos
 Dobles Mixtos Seis (6) Juegos
 Sencillos Dos (2) rondas de Seis (6) Juegos
 Todo Evento

PARÁGRAFO 1º Se recuerda que la resolución 007 de 2005 reglamenta que se debe participar con un mínimo de 2 deportistas y un máximo de 8 deportistas en cada rama y categoría

PARÁGRAFO 2º: Será Campeón Nacional en cada rama y categoría, el deportista que acumule el mayor número de pines derribados en el total de juegos. (Todo Evento).

PARÁGRAFO 3º DESEMPATES. Los casos de empate se definirán de la
siguiente manera:

a. Mayor Puntaje obtenido en la última línea de la modalidad respectiva.
En el caso del Todo evento se tomará el mayor puntaje en la última
línea del evento (línea 24).

b. Si el empate subsiste, la mayor línea de ronda respectiva. Para el
caso del todo evento se tomará la mayor línea de la última ronda del
evento.

c. Si el empate subsiste, se tomará la menor diferencia entre el puntaje
más alto y el menor obtenido en la ronda respectiva. En el caso del
Todo evento se tomará la menor diferencia entre el puntaje más alto y
el menor obtenido en la última ronda.

ARTICULO TERCERO: Se otorgarán medallas doradas, plateadas y
bronceadas para los tres primeros puestos de cada categoría y rama
respectivamente.

ARTICULO CUARTO En el Campeonato se utilizará el aceitado corto (35 pies) y largo (45 pies), el cual no puede ser modificado por ninguna autoridad del evento. En el Congresillo Técnico del evento se definirá el tipo de aceitado por modalidad.

ARTICULO QUINTO: Fijar la suma de $ 170.000 por concepto de inscripción
individual, que serán pagados a la Federación Colombiana de Bolo.

ARTICULO SEXTO: Las Ligas que aspiren a participar en el Campeonato
Nacional Juvenil, deberán efectuar ante la Federación Colombiana de Bolo y a más tardar antes de la seis (6) pm del día lunes 24 de Junio de 2008, la inscripción y el pago de la misma, de todos los participantes en cada rama y categoría.

Para formalizar la inscripción deberán haber diligenciado la Ficha Única Nacional de los deportistas inscritos y suministrar a la Federación Colombiana de Bolo la siguiente información:

a. Relación de los nombres y apellidos completos
b. Ficha medica de cada deportista
c. Nombres de los delegados y directores técnicos

PARÁGRAFO 1: Los Delegados no podrán ser jugadores activos en el
Campeonato y los Directores Técnicos no deberán ser jugadores del equipo de su misma rama.

PARAGRAFO 2º Sin excepción alguna, después de la fecha indicada no se
recibirá ningún tipo de inscripción ni en la Federación ni en el Congresillo Técnico. Por lo anterior queda cancelada la opción de inscripciones extraordinarias.

PARAGRAFO 3º. La no asistencia de los deportistas inscritos el día 27 de junio al Campeonato Nacional Juvenil, no les da el derecho a la devolución del valor de la inscripción.

ARTICULO SEPTIMO: Serán de aplicación las demás reglas técnicas de la F.I.Q. en cuanto sean compatibles con su desarrollo.

 

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 05 días del mes de Junio del año 2008

LUIS CARLOS OVALLE V
Presidente

HUMBERTO VALLEJO DE LA PAVA
Secretario