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EL ORGANO DE ADMINISTRACIÓN COLEGIADO
DE LA CONSIDERANDO
RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Revocar en todas y cada una
de sus partes la resolución N. 016/03 proferida el 8 de
abril de 2003 por el Órgano de Administración Colegiado
de la Federación Colombiana de Bolo. ARTICULO TERCERO ARTÍCULO CUARTO: Todos los deportistas
inscritos deberán competir en la fase básica inicial
que se realizará entre el 21 y el 23 de Mayo a 24 líneas
así: 6 líneas el primer día, 12 líneas
el segundo día (2 rondas de 6) y 6 líneas el tercer
día. Los primeros 16 deportistas clasificados en ambas
ramas una vez finalizada la fase básica inicial, clasificarán
a la fase complementaria, en la cual se conservarán los
acumulados y se competirá por ramas a quince (15) juegos,
todos contra todos, mas una (1) línea de posicionamiento,
con ARTÍCULO QUINTO: ARTICULO SEXTO: La selección nacional
para el Campeonato Mundial de Mayores FIQ estará integrada
por seis (6) deportistas en cada rama, a saber: a. En la rama masculina: Los dos (2) del programa
apoyados Coldeportes - Comité Olímpico Colombiano
y los primeros cuatro (4) deportistas clasificados una vez finalizado
el evento selectivo, excluyendo a los dos (2) del programa apoyados. b. En la rama femenina: Las cuatro (4) deportistas
del programa apoyados Coldeportes -Comité Olímpico
Colombiano y las primeras dos (2) deportistas clasificadas una
vez finalizado el evento selectivo, excluyendo a las cuatro (4)
del programa apoyados. ARTÍCULO SÉPTIMO: La selección
Nacional para los Juegos Panamericanos 2003 estará integrada,
en ambas ramas, por los dos (2) primeros deportistas del programa
Coldeportes - Comité Olímpico Colombiano clasificados
a la finalización del proceso interno de selección. ARTÍCULO OCTAVO: Si algún deportista
del programa Apoyados Coldeportes - Comité Olímpico
Colombiano no participare en los eventos o competiciones referidas
en sus respectivos planes de entrenamiento, o dispuestas por la
Comisión Técnica Nacional, perderá su derecho
a integrar las selecciones Nacionales, evento en el cual el suplente
será escogido entre los deportistas que conformen la preselección
Nacional. Igualmente perderán su derecho a conformar los
equipos nacionales los deportistas que tuvieren ARTICULO NOVENO: La Selección Nacional
para la Copa Mundo AMF estará integrada por el primer deportista
clasificado de cada rama al concluir totalmente la fase selectiva
(80 líneas, incluidas bonificaciones). Las suplencias se
escogerán entre la preselección Nacional. ARTICULO DÉCIMO: El costo de inscripción
por jugador participante será de ciento veinte mil pesos
($ 120.000) para cada una de las etapas de competición.
A la segunda etapa (Medellín) solamente podrán inscribirse
los deportistas clasificados en la primera. El valor de la inscripción
deberá cancelarse en la Secretaría de la Federación
antes de la iniciación de cada etapa de competencia. ARTICULO DÉCIMO PRIMERO: ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO: Autoridades de
la primera etapa del Selectivo: Como Administradores de la primera
etapa del selectivo se designa a los señores HECTOR CASTRO
JURADO (Bolera El Ricaurte) y al señor URIEL PORRAS (Bolera
El Salitre). ARTICULO DÉCIMO TERCERO: El aceitado de
las pistas se hará conforme al gráfico que se anexa,
el cual fue preparado por la Comisión Técnica de
la Fedecobol. PARAGRAFO: El aceitado previsto en el gráfico
anexo no puede ser modificado por ninguna autoridad del Torneo. COMUNÍQUESE Y CUMPLASE CÉSAR AUGUSTO WILCHES COVELLI MARIA TERESA SACHSE |