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RESOLUCION No. 04 de 2009
(25 de Febrero de 2009)

"Por la cual se convoca y reglamenta el"

“XXVIII CAMPEONATO NACIONAL DE MENORES”

EL ORGANO DE ADMINISTRACION COLEGIADO DE LA
FEDERACION COLOMBIANA DE BOLO

En uso de sus facultades legales, estatutarias y,

CONSIDERANDO

Que dentro del programa de actividades del presente año está previsto el
“XXVIII Campeonato Nacional de Menores”.

RESUELVE:

ARTICULO 1º. Convocar a los organismos afiliados a la FEDECOBOL que
tengan su Reconocimiento Deportivo vigente, al “XXVIII Campeonato Nacional de Menores Sub-12 y Sub-14 a realizarse en Pereira, durante el 4 al 8 de Abril de 2009 en la Bolera Comfamiliar, con la colaboración de la Liga de Bolo de Risaralda.

PARAGRAFO 1º. Para participar en el XXVIII Campeonato Nacional de
Menores Sub-12 y Sub-14 es requisito indispensable encontrarse a paz y salvo por todo concepto con la Federación Colombiana de Bolo.

ARTICULO 2º. Este Campeonato se desarrollará conforme a las normas
señaladas en las resoluciones N. 043 de Diciembre 19 de 2009 cambiando el
formato de competencia así:

- Sencillos 5 líneas
- Dobles por Rama 5 líneas
- Dobles Mixtos 5 líneas
- Equipos Mixtos 5 líneas

PARÁGRAFO 1º. Será Campeón Todo Evento en cada rama y categoría, el
deportista que acumule el mayor número de pines derribados en el total de los
20 juegos.

PARÁGRAFO 2. Para que sea factible la premiación de los 3 tres primeros
lugares se jugará cada modalidad con la participación mínima de 4 ligas, en su
respectiva categoría. De no existir el número mínimo de ligas, las líneas se
jugarán y se acumularán para el todo evento.

PARÁGRAFO 3.Serán de aplicación las demás reglas técnicas de la FIQ en
cuanto sean compatibles con su desarrollo. El tipo de aceitado será normal
pies 38.

ARTICULO 3º Fijar la suma de Ciento Cincuenta Mil Pesos mcte ($150.000.oo) por concepto de inscripción individual.

ARTICULO 4º La Liga sede cancelara como porcentaje de participación a la
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE BOLO un valor por cada participante, el cual se fija en la suma de 1 SMLDV.

Parágrafo: El valor estipulado en el presente Artículo, debe ser cancelado a la
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE BOLO, a más tardar 5 días hábiles después del congresillo técnico.

ARTICULO 5º. Las Ligas que aspiren a participar en el Campeonato
Nacional de Menores, deberán efectuar ante la Federación Colombiana de
Bolo y a más tardar antes de la seis (6) pm del día 31 de Marzo de 2009, la
inscripción numérica. de todos los participantes en cada rama y categoría.

PARAGRAFO 1º. El dinero por concepto de inscripciones será recaudado por
la LIGA sede, para lo cual deberá informar oportunamente a las demás
entidades departamentales las cuentas bancarias y el procedimiento de pago
respectivo.

ARTICULO 6º. La FEDECOBOL otorgará medallas DORADAS,
PLATEADAS Y BRONCEADAS, para los tres primeros puestos
respectivamente, en las dos ramas y para todas las modalidades.

ARTÍCULO 7º El Congresillo Técnico se realizará el día de 4 a las 7:00 pm y
se deberá entregar la siguiente información:

a) Ficha Única Nacional y registro de nacimiento de aquellos
deportista que aún no lo han tramitado
b) Certificado médico de cada deportista expedida por el organismo
municipal del deporte respectivo.
c) Nombres de los Delegados y Directores Técnicos.

 

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE


Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de Febrero de 2.009

HUMBERTO VALLEJO DE LA PAVA
Presidente

ENRIQUE RAMIREZ PARDO
Secretario