Comentarios y sugerencias [email protected]

Bolocolombia.com

Resoluciones

Modificacion de
Resolucion 002_2008
con la Res_003

Resultados


RESOLUCION No. 02 de 2008
(29 de Enero de 2008)


"Por la cual se convoca y reglamenta el"
“XXVII CAMPEONATO NACIONAL DE MENORES”

EL ORGANO DE ADMINISTRACION COLEGIADO DE LA
FEDERACION COLOMBIANA DE BOLO

En uso de sus facultades legales, estatutarias y,

CONSIDERANDO

Que dentro del programa de actividades del presente año está previsto
el “XXVII Campeonato Nacional de Menores”.

RESUELVE:

ARTICULO 1º. Convocar a los organismos afiliados a la FEDECOBOL que
tengan su Reconocimiento Deportivo vigente, al “XXVII Campeonato
Nacional de Menores Sub-12 y Sub-14 a realizarse en Pereira, durante el
14 al 18 de Marzo de 2008 en la Bolera Comfamiliar, con la colaboración
de la Liga de Bolo de Risaralda.

PARAGRAFO 1º. Para participar en el XVII Campeonato Nacional de
Menores Sub-12 y Sub-14 es requisito indispensable encontrarse a paz y
salvo por todo concepto con la Federación Colombiana de Bolo.

ARTICULO 2º. Este Campeonato se desarrollará conforme a las normas
señaladas en las resoluciones N. 03 de enero 29 de 1.999 y 024 de Junio
de 2002
y No 007 de Febrero 16 de 2005, cambiando el formato de competencia así:

 Dobles (5) Juegos
 Dobles mixtos ( 5 )Juegos
 Individual (2 Rondas de 5 Juegos)

Serán de aplicación las demás reglas técnicas de la FIQ en cuanto sean
compatibles con su desarrollo. El tipo de aceitado será normal a 38 pies.

PARÁGRAFO 1º. Por ningún motivo y una vez aprobada la programación
de dobles e individual, se aceptarán cambios o modificaciones en las mismas.

ARTICULO 3º Obedeciendo lo ordenado por la honorable Asamblea en
reunión de Marzo 30 de 2005 se considera de carácter obligatorio la
participación en este evento por parte de todas las Ligas como requisito
indispensable para poder participar en los Juegos Deportivos Nacionales
del 2008 como sustituto del Campeonato Nacional de Primera Categoría
del mismo año. Se exceptúa a la Liga de Bolo de Fuerzas Armadas toda
vez que por exigencia legal no pueden estar afiliados a la misma sino los
deportistas bajo banderas o aquellos que sean o dependan del Ministerio de Defensa Nacional, con excepción de sus entidades de servicios.

ARTICULO 4º Fijar la suma de Ciento Cincuenta Mil pesos mcte
($150.000.oo) por concepto de inscripción individual.

ARTICULO 5º. Las Ligas que aspiren a participar en el Campeonato
Nacional de Menores, deberán efectuar ante la Federación Colombiana de Bolo y a más tardar antes de la seis (6) pm del día martes 11 de Marzo de 2008, la inscripción numérica y el pago de la misma, de todos los participantes en cada rama y categoría.

PARAGRAFO 1º Sin excepción alguna, después de la fecha indicada no
se recibirá ningún tipo de inscripción ni en la Federación ni en el Congresillo Técnico. Por lo anterior queda cancelada la opción de inscripciones extraordinarias.

PARAGRAFO 2º. La no asistencia de los deportistas inscritos el día 07 de
marzo al Campeonato Nacional de Menores, no les da el derecho a la
devolución del valor de la inscripción.

ARTICULO 6º. La FEDECOBOL otorgará medallas DORADAS, PLATEADAS Y BRONCEADAS, para los tres primeros puestos respectivamente, en las dos ramas y para todas las modalidades.

ARTÍCULO 7o El Congresillo Técnico se realizará el día 14 de Marzo a
las 5 pm y se deberá entregar la siguiente información:

a) Ficha Única Nacional y registro de nacimiento de aquellos
deportista que aún no lo han tramitado
b) Certificado médico de cada deportista expedida por el
organismo municipal del deporte respectivo.
c) Nombres de los Delegados y Directores Técnicos.


COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes
de Enero de 2.008

LUIS CARLOS OVALLE VELOSA
Presidente

HUMBERTO VALLEJO DE LA PAVA
Secretario