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RESOLUCIÓN No. 017/06
(24 de Mayo de 2006)


Por medio de la cual se reglamenta y se convoca al
“CAMPEONATO NACIONAL JUVENIL”

EL ORGANO DE ADMINISTRACIÓN COLEGIADO DE LA
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE BOLO

En uso de sus facultades legales y estatuarias,

CONSIDERANDO


Que dentro del Calendario Oficial del presente año está previsto el “Campeonato Nacional Juvenil," que debe realizarse en la ciudad de Medellín, conforme a los parámetros aprobados en la asamblea extraordinaria efectuada en el mes de octubre del 2005.

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO: Convocar a los organismos afiliados a la Fedecobol a participar en el Campeonato Nacional Juvenil, que se realizará en la Bolera Acuario de la ciudad de Medellín, entre el 29 de Junio y el 4 de Julio de 2006, bajo la responsabilidad de la Federación Colombiana de Bolo y con la colaboración de la Liga de Bolo de Antioquia.

El Congresillo Técnico se efectuará el día 29 de Junio al igual que las prácticas oficiales. La reunión informativa tendrá lugar en las dependencias de la Bolera a las 6:00 P.M

ARTICULO SEGUNDO: Este Campeonato se desarrollará conforme a las normas señaladas en las resoluciones No 03 de 29 de enero de 1.999, 024 de Junio de 2002 y No 007 de Febrero 16 de 2005 por la cual se cambió el Formato de competencia.

SUB-16 Deportista no mayor de 15 años y 364 días el 1º de enero del año de la competencia.

SUB-18 Deportista no mayor de 17 años y 364 días el 1º de enero del año de la competencia

.. Sencillos Seis (6) Juegos
.. Dobles por Rama Seis (6) Juegos
.. Dobles Mixtos Dos (2) rondas de seis (6) Juegos

SUB-23 Deportista no mayor de 22 años y 364 días el 1º de enero del año de la competencia.

.. Sencillos Seis (6) Juegos
.. Dobles por Rama Seis (6) Juegos
.. Dobles Mixtos Seis (6) Juegos

Final de Maestros: Finalizados los dieciocho (18) juegos de la fase inicial, se
determinará la clasificación a la fase final de maestros, conforme al número de participantes de acuerdo con la Resolución No 007 de 2005.

PARAGRAFO: Se recuerda que la resolución 007 de 2005 reglamenta que se debe participar con un mínimo de 2 deportistas y un máximo de 8 deportistas en cada rama y categoría

ARTICULO TERCERO: Fijar la suma de $ 150.000 por concepto de inscripción individual, que serán pagados a la Federación Colombiana de Bolo a más tardar en el Congresillo Técnico. Este costo incluye las prácticas oficiales.

ARTICULO CUARTO: Se otorgarán medallas doradas plateadas y bronceadas para los tres primeros puestos de cada categoría y rama respectivamente.

ARTICULO QUINTO: Conforme lo aprobado por la Honorable Asamblea General Ordinaria del 31 de Marzo del 2006, las inscripciones ordinarias se cerraran el día 16 de junio del 2006, y las extraordinarias se cerrarán el día 27 de junio y tendrán un costo de $195.000 por deportista.

La inscripción deberá revestir forma escrita e indicar el mínimo de deportistas a participar, así como los técnicos y delegados. En el Congresillo Técnico se hará la inscripción definitiva conforme la reglamentación general. Si una liga no participaré en el evento estando debidamente inscrita, deberá cancelar el valor de la inscripción de los deportistas faltantes.

Se deberá haber diligenciado la Ficha Unica Nacional de los deportistas inscritos y suministrar a la Federación Colombiana de Bolo la siguiente información:

a. Relación de los nombres y apellidos completos
b. Ficha médica de cada deportista expedida por el organismo municipal
c. Nombres de los delegados y directores técnicos

PARÁGRAFO 1: Los Delegados no podrán ser jugadores activos en el Campeonato y los Directores Técnicos no deberán ser jugadores del equipo de su misma rama.

Igualmente estas autoridades, para estar en la zona de juego, deberá portar el uniforme de su liga respectiva.

ARTICULO SEXTO: El Campeonato se desarrollará conforme a las normas señaladas en la resolución No 03 de enero 29 de 1999, 024 de 2002 y 007 de 2005. Serán de aplicación las demás reglas técnicas de la F.I.Q. en cuanto sean compatibles con su desarrollo.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los 24 días del mes de Mayo del año 2006

CESAR AUGUSTO WILCHES C.
Presidente

JULIAN EDUARDO CUENCA F.
Secretario